El abogado Alonso Núñez del Prado Simons, presidente de la Asociación Peruana de Derecho de Seguros, y autor del libro Los Secretos de los seguros, publicado por la PUCP, alerta que las compañías de seguros le están sacando la vuelta a la nueva Ley de seguros.
¿Cómo ha acogido el mercado asegurador la nueva ley (30562) que prohíbe los recargos individuales en los seguros médicos?
-Las aseguradoras están pretendiendo aplicar la prohibición de recargos individuales solo a los casos de migraciones de EPS al sistema de seguros o a la inversa, cuando la norma indica que la restricción deviene del principio de mutualidad (Art. II de la Ley 29946 del contrato de seguro) por lo que la proscripción es general para los seguros médicos y constituye práctica prohibida. Me imagino que las compañías que están incurriendo en esta falta van a ser denunciadas y sancionadas por SUSALUD. Lamentablemente la SBS no lo ha hecho nunca por razones de difícil explicación.
¿Y en cuanto a la obligación de las EPS de calcular la siniestralidad y las primas por el total de su cartera?
Las EPS no están aplicando la ley (30562, Art. 2), a pesar de que está vigente, escudados en que le han hecho una consulta a SUSALUD y esta todavía no la absuelve. En realidad, la ley es muy clara y las EPS tienen que calcular la siniestralidad y las primas por el total de su cartera y en consecuencia los precios tienen que ser similares para todos sus clientes. Esto llevará a que compitan entre ellas ofreciendo mejores coberturas y precios más bajos.
Publicado en la revista Caretas / octubre 19, 2017 pág. 23